Requisitos de ingreso

Podrán formar parte del Cuerpo de la Nobleza del Antiguo Reino de Galicia todas aquellas personas que tengan capacidad de obrar y tengan interés en el desarrollo de los fines del Cuerpo.

Para ingresar, el pretendiente, además de tener que probar su condición de noble o de hidalgo, deberá demostrar su vinculación con Galicia.

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Condición de noble.

De conformidad con el derecho nobiliario español, se reconocen las siguientes clases de nobleza:

  1. Nobleza titulada, es la que detentan los títulos del Reino y grandezas de España, así como los títulos extranjeros cuyo uso en España haya sido autorizado por S. M. el Rey.
  2. De Sangre, o hidalguía, es la que se detenta por el hecho de haber nacido de padre noble, con capacidad para transmitir esta condición a sus hijos. Las esposas de los nobles poseen la condición de nobles.
  3. De Privilegio, es la que emana de la voluntad del Rey. Esta nobleza puede ser otorgada a una persona en particular o de forma genérica a los nobles asociados de una Institución. La nobleza de privilegio estará otorgada de forma explícita y, si es genérica, recogida en la legislación y aplicada en la jurisprudencia nobiliaria. Esta nobleza puede haber sido concedida con carácter hereditario o personal.
    La personal, como modalidad de nobleza de privilegio no transmisible, va emparejada al disfrute de determinados honores o inherente al desempeño de determinados cargos.

 

La vinculación con Galicia

Se entenderá que el candidato tiene vinculación con Galicia si demuestra que reúne uno o más de los requisitos enumerados a continuación:

  1. Gozar de la posesión de un título nobiliario de Galicia, referido a un territorio, casa o linaje gallegos, o descender por línea de varón del primer titular de la merced.
  2. Ser descendiente por línea de varón de un linaje gallego o que estuvo radicado en Galicia por más de dos generaciones consecutivas.
  3. Ser natural de Galicia, así como los hijos y los nietos de éstos.
  4. Llevar empadronado en Galicia más de quince años consecutivos.
  5. Poseer un pazo o casa blasonada en el territorio de Galicia.
  6. Los requisitos enumerados con anterioridad son asimismo válidos si la vinculación con Galicia viniese por línea materna. En este último caso, el pretendiente, además de tener que probar su nobleza, deberá probar la del linaje de su madre.